Cotizacion de los becarios en el régimen de la Seguridad Social 2013

Una resolución del Ministerio de Empleo, que se publico en el BOE del 30 de Agosto del 2013, confirma que los becarios universitarios tienen que estar dados de alta en la Seguridad Social. Como así lo establece una sentencia del Tribunal Supremo publicada el pasado 28 de junio y que anula un real decreto del Ministerio de Educación.

 

La resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social ofrecerá de plazo hasta el 30 de septiembre para que las empresas registren en el sistema a los becarios afectados por el fallo del Supremo y que hasta ahora no estaban cotizando. En cualquier caso, el alta se anotará como realizada el 28 de junio, día en que se publicó la sentencia. Además, el Ejecutivo también prorrogará hasta el 31 de octubre el límite para abonar las cotizaciones sociales correspondientes a junio, julio y agosto para mitigar el efecto de la decisión del Alto Tribunal sobre la liquidez de las empresas.

 

La resolución de Empleo y la sentencia del Supremo benefician a los estudiantes en prácticas, cuya afiliación a la Seguridad Social les permitirá ampliar su vida laboral, tener derecho a una mejor pensión en el futuro y gozar de cobertura en caso de accidente de trabajo o enfermedad.

La reforma de las pensiones de José Luis Rodríguez Zapatero aprobada en 2011 incluyó la propuesta de los sindicatos de obligar a las empresas a dar de alta a la Seguridad Social a los becarios. Sin embargo, solo unas semanas después, un real decreto del Ministerio de Educación excluía a los becarios universitarios.

 

Así, desde noviembre de 2011, en España han coexistido dos leyes totalmente contradictorias. Y, hasta ahora, dependía de la política de cada empresa o institución determinar si se acogían a la norma de Empleo y daban de alta a los becarios o si optaban por no afiliar a los estudiantes universitarios en prácticas en virtud del real decreto de Educación.

 

Esta situación llevó a Comisiones Obreras (CC OO) a presentar un recurso ante el Tribunal Supremo, que dio la razón al sindicato y anuló el real decreto de Educación. La decisión no ha gustado ni al ministro José Ignacio Wert ni a los rectores, que entienden que la obligación de afiliar a los becarios resta atractivo y encarece las prácticas remuneradas.

 

El plazo para comunicar estas altas y, en su caso, bajas, se podrán realizar hasta la fecha límite del 30 de septiembre.

 

Esta Resolución, además de abrir un plazo excepcional para cursar las altas y bajas desde el 28 de junio, también establece un plazo excepcional del ingreso de cuotas a la Seguridad Social de los meses de junio a agosto de 2013. De esta forma, la cotización de dichos meses, podrá efectuarse sin recargo alguno, hasta el día 31 de octubre de 2013.

 

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