Nuevo portal web de clientes de Contamar Asesores estará disponible a partir del 10 de Marzo

Para este ejercicio 2014 estamos realizando varias inversiones entre otras las relacionadas con los sistemas de gestión y comunicación con clientes, con este objetivo en este mes de marzo implantaremos nuevos desarrollos en nuestras herramientas como el Portal Web de clientes, al cual le dotaremos de mayor interacción para con los clientes, de mayores funcionalidades, compatibles con todos los navegadores (Google Chrome, Safari, Opera, Explorer, Mozilla Firefox) y otras.

Estas mejoras van encaminadas a hacer más fácil, y sencillo la gestión de las empresas y las Pymes.
Esperando que sea de vuestro interés, para mas información consulte a su asesor.

Cambio de bases de cotización autónomos 2014

El próximo 31 de Octubre acaba el plazo para el cambio voluntario de la base de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).

En 2014 la base mínima prevista es de 858,60€ al mes y la máxima será de 3.425,70€.

Si tú como trabajador el día 1 de enero de 2013 tienes menos de 47 años podrás elegir la base entre los límites mínimo y máximo. Si por el contrario tienes ya los 47 años podrás hacerlo igualmente pero sólo si en el mes de diciembre de 2013 has cotizado por 1870,50€ o más, o bien te des de alta en el mismo 2013. Si no llegas a cumplir esto, no podrás elegir una base superior a 1.880,50€. Existe una única excepción en el caso del cónyuge supérstite.

Por otro lado, si en 2014 tienes 49 o más años sólo podrás cotizar entre las cuantías de 925,80€ y 1888,80€ al mes. Igualmente existe aquí la excepción del supérstite del titular que se haya dado de alta con 45 o más años, que podrá cotizar entre 858,60€ y 1888,80€.

Si antes de cumplir los 50 años hubieras cotizado por cinco o más años y tu última base acreditada era inferior a 1870,50€ tendrás también la misma opción de cotizar entre 858,60 y 1888,80€. Si ha sido superior, cotizarás por la resultante de incrementar la última base acreditada en un 1% o hasta la de 1888,80€ si con el incremento no alcanzas esa cuantía.

Este cambio, si bien será efectivo a partir de 1 de Enero del año 2014, no significa que obligatoriamente dure un año entero, sino que se puede volver a cambiar ya que posteriormente se podrá hacer también mediante solicitud a la Seguridad Social antes del 1 de mayo para que tenga efectos desde el 1 de Julio siguiente

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Cotizacion de los becarios en el régimen de la Seguridad Social 2013

Una resolución del Ministerio de Empleo, que se publico en el BOE del 30 de Agosto del 2013, confirma que los becarios universitarios tienen que estar dados de alta en la Seguridad Social. Como así lo establece una sentencia del Tribunal Supremo publicada el pasado 28 de junio y que anula un real decreto del Ministerio de Educación.

 

La resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social ofrecerá de plazo hasta el 30 de septiembre para que las empresas registren en el sistema a los becarios afectados por el fallo del Supremo y que hasta ahora no estaban cotizando. En cualquier caso, el alta se anotará como realizada el 28 de junio, día en que se publicó la sentencia. Además, el Ejecutivo también prorrogará hasta el 31 de octubre el límite para abonar las cotizaciones sociales correspondientes a junio, julio y agosto para mitigar el efecto de la decisión del Alto Tribunal sobre la liquidez de las empresas.

 

La resolución de Empleo y la sentencia del Supremo benefician a los estudiantes en prácticas, cuya afiliación a la Seguridad Social les permitirá ampliar su vida laboral, tener derecho a una mejor pensión en el futuro y gozar de cobertura en caso de accidente de trabajo o enfermedad.

La reforma de las pensiones de José Luis Rodríguez Zapatero aprobada en 2011 incluyó la propuesta de los sindicatos de obligar a las empresas a dar de alta a la Seguridad Social a los becarios. Sin embargo, solo unas semanas después, un real decreto del Ministerio de Educación excluía a los becarios universitarios.

 

Así, desde noviembre de 2011, en España han coexistido dos leyes totalmente contradictorias. Y, hasta ahora, dependía de la política de cada empresa o institución determinar si se acogían a la norma de Empleo y daban de alta a los becarios o si optaban por no afiliar a los estudiantes universitarios en prácticas en virtud del real decreto de Educación.

 

Esta situación llevó a Comisiones Obreras (CC OO) a presentar un recurso ante el Tribunal Supremo, que dio la razón al sindicato y anuló el real decreto de Educación. La decisión no ha gustado ni al ministro José Ignacio Wert ni a los rectores, que entienden que la obligación de afiliar a los becarios resta atractivo y encarece las prácticas remuneradas.

 

El plazo para comunicar estas altas y, en su caso, bajas, se podrán realizar hasta la fecha límite del 30 de septiembre.

 

Esta Resolución, además de abrir un plazo excepcional para cursar las altas y bajas desde el 28 de junio, también establece un plazo excepcional del ingreso de cuotas a la Seguridad Social de los meses de junio a agosto de 2013. De esta forma, la cotización de dichos meses, podrá efectuarse sin recargo alguno, hasta el día 31 de octubre de 2013.

 

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