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EmprendedoresLaboral

Retirada retroactiva de las bonificaciones ya concedidas a los nuevos autónomos encuadrados en una sociedad limitada.

Con motivo de una instrucción interna emitida por la Tesorería General de la Seguridad Social el pasado mes de Julio provoca que emprendedores que tenían bonificaciones concedidas las pierdan y tengan que devolverlas

El pasado 31 de Julio la Subdirección General de Ordenación e Impugnaciones de la Seguridad Social emitió una instrucción interna con el fin de establecer un criterio general en respuesta a las consultas que le fueron llegando de distintas oficinas de la Tesorería de la Seguridad Social, según la cual, los beneficios previstos en el Real Decreto-Ley 4/2013 de 22 de febrero de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo, se pueden aplicar a todos los jóvenes emprendedores autónomos individuales sin empleados menos a los que sean socios de sociedades de capital es decir, menos a los que se hayan constituido como autónomos a través de una sociedad mercantil.

Las ayudas y bonificaciones previstas en dicha ley consisten básicamente en pagar por la cuota de cotización de autónomo 50 euros al mes durante los seis primeros meses de actividad emprendedora, siempre que el autónomo sea menor de 30 años y sin empleados. Sucesivamente, se contempla una rebaja de la cuota de autónomo quedando en 170 euros al mes para los hombres menores de 30 años y las mujeres menores de 35, durante 30 meses como máximo.

En consecuencia, desde el pasado mes de Julio, emprendedores que, acogiéndose a estas ayudas y subvenciones, en vez de pagar 50 o 170 euros al mes por su cuota de cotización, tal y como prevé el Real Decreto-Ley 4/2013 de 22 de febrero, tienen que pagar los 256,72 euros mensuales que se exigen a los autónomos sin ayudas ni subvenciones y,  además, están obligados a pagar la diferencia por los meses en los que gozaron de las ayudas.

Este nuevo criterio adoptado por la Tesorería General de la Seguridad Social no solo no está contemplado en la ley,  sino que se ha elaborado a posteriori por la vía de una instrucción interna por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social lo cual  ha hecho que los jóvenes emprendedores afectados se hayan enterado cuando la Seguridad Social les reclama devolver las ayudas y/o subvenciones que previamente les había concedido.

Cristina Sanagerico

Asesor Laboral de Contamar Asesores de Empresa

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