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El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado hoy mismo el Plan Relanza con 3,5 millones de euros de ayuda a autónomos madrileños, con hasta 3.000 euros a fondo perdido.

¿Hasta cuándo lo puedo solicitar?

La ayuda se podrá solicitar hasta el 30 de noviembre de 2021, pero debes darte prisa porque el crédito total son 3.510.000 euros, y si se acaban los fondos, no podrás acceder a ella.

¿Si soy sociedad, puedo solicitarla?

No. Era una de las dudas que teníamos cuando se anunció la ayuda. Está claro que autónomos societarios no tienen derecho a percibir la subvencion.

¿Cuáles son los requisitos?

Estar dados de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) el 1 de enero de 2019 y no haber causado baja durante dicho año, 2020 y 2021.

Estar dado de alta en el Censo de Obligados Tributarios e Impuesto de Actividades Económicas.

Que su actividad se encuadre en alguna de las previstas en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE). En caso de alta en dos o más epígrafes del IAE solo se considerará una de ellas, no pudiendo obtener un mismo beneficiario ayudas por el desarrollo de dos actividades diferentes.

Que la sede de la empresa o el local donde se desarrolla o se presta la actividad económica se encuentre en el término municipal de Madrid.

Que su empresa se haya visto perjudicada como consecuencia de la emergencia sanitaria provocada por el brote de la COVID-19 provocando una minoración de, al menos, un 50% del rendimiento neto de 2020 con relación al declarado en 2019.

Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Madrid.

No estar incursa en alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cumplir las obligaciones impuestas por el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones a los beneficiarios.

Quedan excluidos los autónomos societarios (tener acciones o participaciones de la sociedad y llevar a cabo funciones gerenciales, directivas o trabajar en ella; las personas trabajadoras autónomas en calidad de familiares colaboradores del titular de la explotación).

¿Cuál es el importe de la ayuda?

Son 3.000 euros a fondo perdido, es decir, no es una cantidad finalista (como sucedía con las ayudas Covid de la Comunidad de Madrid), lo que significa que no se tiene que justificar que el dinero se ha empleado o se va a emplear para el pago de facturas o deudas.

¿Cómo puedo solicitar la ayuda?

La ayuda se solicita a través del Registro electrónico del Ayuntamiento de Madrid, que permite la presentación de escritos, solicitudes y comunicaciones.

¿Qué documentos necesito aportar?

Alta en RETA.

Certificado de situación

Libros de ingresos y gastos 2019-2020.

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